VIII San Silvestre de Las Fuentes

Por la presente comunicamos a todos los estamentos de la Federación Aragonesa de Atletismo que la prueba de atletismo "VIII San Silvestre de Las Fuentes" prevista para el 30 de diciembre de 2012 organizada "AD Runner Zaragoza" NO está autorizada por la Federación Aragonesa de Atletismo.

La prueba no está incluida en el calendario autonómico y dado que la Federación Aragonesa de Atletismo es el único ente competente para la clasificación y autorización de toda actividad atlética en Aragón, de acuerdo con los artículos 26, 56, 57 y 58 de la vigente Ley del Deporte de Aragón, se cataloga como "ilegal".

La circular 26/2012 de esta Federación indica:

"Toda prueba de atletismo que se realice en la Comunidad Autónoma de Aragón debe estar regulada por la Federación Aragonesa de Atletismo, tal y como se indica en el BOA Nº49 del 29 de Abril de 1996, en virtud de la Ley del Deporte de Aragón, artículo 28.2 (BOA, 34, con fecha 26 de marzo de 1993). Añadiendo “la FAA es la única entidad competente dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón para la organización y gestión de las actividades o competiciones deportivas oficiales de Atletismo”.

“Los criterios para la calificación de competiciones oficiales serán:
– Valoración, reconocimiento de validez u homologación de los resultados de Atletismo de ámbito estatal
– Existencia de retribuciones a los participantes
– Dimensiones económicas de la actividad o competición.”
 

Aquellas entidades o clubes, que deseen realizar una prueba de atletismo, por lo tanto deberán someterse a los criterios que la FAA establece.

En la circular nº27/2012 (Licencias de Clubes FAA) se añade: "se recuerda la obligatoriedad para los clubes con licencia FAA de incluir todas las pruebas que se organicen desde la entidad en el Calendario Regional de pruebas de esta federación. La organización de pruebas no aprobadas por esta federación, podrá suponer la retirada de la licencia federativa de club y la consiguiente multa, de acuerdo con el Reglamento Disciplinario de la FAA, y tras resolución de su Comité de Competición.
 

"Los atletas con licencia FAA podrán participar exclusivamente en pruebas que se hayan admitido por la Federación Aragonesa de Atletismo o la Real Federación Española de Atletismo. La participación en pruebas no aprobadas por esta federación, si están dotadas de cualquier cuantía económica será motivo del consiguiente apercibimiento por parte del Comité de Competición FAA, pudiendo llegar a producirse la retirada de la licencia federativa y la consiguiente multa, de acuerdo con el Reglamento Disciplinario de la FAA, y tras resolución del Comité de Competición.

En la mañana de hoy se ha comunicado al Comité de Competición FAA esta noticia, para que tomen las medidas oportunas. Así mismo se dará parte al citado comité de todos los atletas con licencia federada que participen en la prueba.